El Consejo de Supervisión (en adelante, «el Consejo de Supervisión») es un órgano de la BV y de la NV que tiene la función de supervisar la política del consejo de administración y los asuntos generales de la empresa y de sus filiales (artículo 2:140/250, apartado 2, del Código Civil neerlandés («DCC»)). El objetivo de este artículo es ofrecer una explicación general de este órgano societario.
En primer lugar, se explica cuándo es obligatorio constituir una SB y cómo se constituye. En segundo lugar, se abordan las principales tareas de la SB. A continuación, se explican los poderes legales de la SB. A continuación, se analizan los poderes ampliados de la SB en una empresa con directorio de dos niveles. Por último, este artículo concluye con un breve resumen a modo de conclusión.

La configuración opcional y sus requisitos
En principio, el nombramiento de un SB no es obligatorio para los NV y los BV. Esto es diferente en el caso de empresa de junta obligatoria de dos niveles (véase también más abajo). También puede ser una obligación derivada de varias regulaciones sectoriales (por ejemplo, para los bancos y las aseguradoras en virtud del artículo 3:19 de la Ley de Supervisión Financiera). Los directores supervisores solo pueden ser designados si existe una base legal para hacerlo.
Sin embargo, la Cámara Empresarial podrá designar un director supervisor como disposición especial y final en el procedimiento de consulta, para lo cual no se requiere tal base. Si se opta por una institución facultativa del SB, se deberá incluir este órgano en los estatutos sociales (en el momento de la constitución de la empresa o posteriormente mediante una modificación de los estatutos sociales).
Esto se puede hacer, por ejemplo, creando el órgano directamente en los estatutos sociales o haciéndolo depender de una resolución de un órgano corporativo como la junta general de accionistas ('JGA'). También es posible hacer que la institución dependa de una disposición temporal (por ejemplo, un año después de la creación de la empresa), después de la cual no se requiere una resolución adicional. A diferencia del consejo de administración, no es posible nombrar a personas jurídicas como directores supervisores.
Consejeros supervisores vs consejeros no ejecutivos
Además de una SB con estructura de dos niveles, también es posible optar por una estructura de directorio de un solo nivel. En ese caso, el directorio está compuesto por dos tipos de directores, a saber, directores ejecutivos y directores no ejecutivos. Las funciones de los directores no ejecutivos son las mismas que las de los directores supervisores en la SB.
Por tanto, este artículo también se aplica a los consejeros no ejecutivos. En ocasiones se argumenta que, dado que los consejeros ejecutivos y no ejecutivos ocupan puestos en el mismo órgano, existe un umbral más bajo de responsabilidad para los consejeros no ejecutivos debido a una mayor posibilidad de información. Sin embargo, las opiniones están divididas al respecto y, además, depende en gran medida de las circunstancias del caso. No es posible tener a la vez consejeros no ejecutivos y un SB (artículo 2:140/250 párrafo 1 del DCC).
Deberes del Consejo de Supervisión
Los deberes estatutarios del SB se reducen a deberes de supervisión y asesoramiento con respecto al consejo de administración y los asuntos generales de la empresa (artículo 2: 140/250 párrafo 2 del DCC). Además, la SB también tiene un deber como empleador del consejo de administración, porque decide o al menos tiene una gran influencia en la selección, (re) nombramiento, suspensión, despido, remuneración, división de funciones y desarrollo de los miembros del consejo de administración. . Sin embargo, no existe una relación jerárquica entre el consejo de administración y la SB. Son dos órganos corporativos diferentes, cada uno con sus propios deberes y poderes. Las tareas principales del SB se tratan con más detalle a continuación.
Tarea de supervisión
La tarea de supervisión implica que la SB monitorea la política de gestión y el curso general de los eventos. Esto incluye, por ejemplo, el funcionamiento de la dirección, la estrategia de la empresa, la situación financiera y los informes asociados, los riesgos de la empresa, el cumplimiento y la política social. Además, la supervisión de la SB en la empresa matriz también se extiende a la política de grupo. Además, no se trata solo de la supervisión a posteriori, sino también de evaluar la política (a largo plazo) aún por implementar (por ejemplo, planes de inversión o políticas) de una manera razonable dentro de los límites de la autonomía de gestión. También existe una supervisión colegiada para los directores supervisores en relación entre sí.
Rol asesor
Además, está la labor de asesoramiento de la SB, que también atañe a las líneas generales de la política de gestión. Esto no significa que se requiera asesoramiento para cada decisión que tome la gerencia. Después de todo, tomar decisiones sobre el funcionamiento diario de la empresa es parte de la tarea de la dirección. No obstante, la SB puede dar consejos solicitados y no solicitados. Este consejo no tiene que ser seguido porque la junta, como se dijo, es autónoma en sus decisiones. No obstante, el consejo de la SB debe seguirse seriamente en vista del peso que la SB concede a la recomendación.
Entre las funciones de la SB no se encuentra el poder de representación. En principio, ni la SB ni sus socios individuales están autorizados a representar a la BV o NV (salvo algunas excepciones legales). Por lo tanto, esto no puede incluirse en los estatutos, a menos que se desprenda de la ley.
Poderes del Consejo de Supervisión
Además, la SB tiene varios poderes derivados de la ley estatutaria o de los estatutos. Estos son algunos de los poderes legales importantes de la SB:
- Suspensión del poder de los consejeros, salvo disposición en contrario estatutaria (artículo 2: 147/257 DCC): suspensión temporal del consejero de sus funciones y competencias, como la participación en la toma de decisiones y la representación.
- Toma de decisiones en caso de conflicto de intereses de los miembros del consejo de administración (artículo 2: 129/239 inciso 6 DCC).
- Aprobación y firma de una propuesta de gestión para una fusión o escisión (artículo 2: 312 / 334f sub 4 DCC).
- Aprobación de las cuentas anuales (artículo 2: 101/210 inciso 1 DCC).
- En el caso de una sociedad cotizada: cumplir, mantener y divulgar la estructura de gobierno corporativo de la sociedad.
El consejo de supervisión de la empresa estatutaria de dos niveles.
Como se ha mencionado anteriormente, en las sociedades anónimas de dos niveles es obligatorio constituir un consejo de administración. Además, este consejo tiene poderes estatutarios adicionales, a expensas de la autoridad de la junta general de accionistas. En el sistema de consejo de administración de dos niveles, el consejo de administración tiene el poder de aprobar decisiones importantes de gestión. Además, en el sistema de consejo de administración de dos niveles completo, el consejo de administración tiene el poder de nombrar y destituir a los miembros del consejo de administración (artículo 2:162/272 del DCC), mientras que en el caso de una sociedad anónima de dos niveles regular o limitada, este es el poder de la junta general de accionistas (artículo 2:155/265 del DCC).
Por último, en una sociedad anónima de dos niveles, el SB también es designado por la Junta General de Accionistas, pero el SB tiene el derecho legal de proponer a los directores supervisores para su designación (artículo 2:158/268(4) del DCC). A pesar de que la JGA y el comité de empresa pueden hacer una recomendación, el SB no está obligado por ella, con la excepción de la nominación vinculante de un tercio del SB por parte del CE. La JGA puede rechazar la nominación por mayoría absoluta de los votos y si esta representa un tercio del capital.
Conclusión
Esperamos que este artículo le haya dado una buena idea sobre el SB. En resumen, a menos que se derive una obligación de una legislación específica o cuando se aplique el sistema de directorio de dos niveles, el nombramiento de un SB no es obligatorio. ¿Desea hacerlo? Si es así, esto se puede incluir en los estatutos de varias maneras. En lugar de un SB, también se puede elegir una estructura de directorio de un solo nivel. Las principales tareas del SB son la supervisión y el asesoramiento, pero además el SB también puede ser visto como el empleador de la gerencia.
Numerosos poderes se desprenden de la ley y pueden desprenderse de los estatutos sociales, los más importantes de los cuales enumeramos a continuación. Por último, hemos indicado que en el caso de una sociedad de dos niveles, la GMS otorga una serie de poderes a la SB y lo que implican.
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