Publicación y derechos de retrato

Publicación y derechos de retrato

Uno de los temas más discutidos en la Copa del Mundo de 2014. Robin van Persie que iguala el marcador ante España en un planeo en picado con un hermoso cabezazo. Su excelente actuación también resultó en un anuncio de Calvé en forma de cartel y comercial. El comercial cuenta la historia de un Robin van Persie de 5 años que gana su entrada en Excelsior con el mismo tipo de inmersión en planeo. Probablemente a Robin le pagaron bien por el comercial, pero ¿podría adaptarse y modificarse este uso de los derechos de autor sin el permiso de Persie?

Definición

El derecho de retrato es parte de los derechos de autor. La Ley de derechos de autor separa dos situaciones para los derechos de retrato, a saber, un retrato que se hizo en la asignación y un retrato que no se hizo en la asignación. Entre ambas situaciones hay una gran diferencia en las consecuencias de la publicación y los derechos de las partes involucradas.

Publicación y derechos de retrato

¿Cuándo hablamos de un retrato correcto? Antes de poder responder a la pregunta qué es un derecho de retrato y qué tan lejos llega este derecho, la pregunta de qué es un retrato en primer lugar, debe responderse primero. Las descripciones de la legislación no dan una explicación completa y clara. Como se da una descripción para un retrato: 'una imagen del rostro de una persona, con o sin el de otras partes del cuerpo, de cualquier forma que esté hecha'.

Si nos limitamos a esta explicación, podríamos pensar que un retrato solo incluye el rostro de una persona. Sin embargo, no es así. Por cierto, el añadido: "de cualquier manera en que se haya realizado" significa que para un retrato no importa si se trata de una fotografía, una pintura o un diseño de cualquier otra forma. Por tanto, un programa de televisión o una caricatura también pueden entrar en el ámbito de un retrato. Esto deja claro que el alcance del término "retrato" es amplio. Un retrato también incluye un vídeo, una ilustración o una representación gráfica.

Se han llevado a cabo varios procedimientos en relación con este asunto y el Tribunal Supremo finalmente ha desarrollado el tema con más detalle, a saber, el término "retrato" se utiliza cuando una persona es retratada de una manera reconocible. Este reconocimiento puede encontrarse en los rasgos faciales y el rostro, pero también puede encontrarse en algo más. Pensemos, por ejemplo, en una postura o un peinado característicos. El entorno también puede desempeñar un papel. Una persona que camina frente al edificio donde trabaja tiene más probabilidades de ser reconocida que si esa persona fue retratada en un lugar al que normalmente nunca iría.

Derechos legales

Puede haber una violación del derecho al retrato si la persona retratada es reconocible en una fotografía y además esta es publicada. Debe determinarse si el retrato fue encargado o no y si la privacidad prevalece sobre la libertad de expresión. Si una persona ha encargado un retrato, este solo puede hacerse público si la persona en cuestión ha otorgado su permiso. Si bien los derechos de autor de la obra pertenecen al autor del retrato, este no puede hacerlo público sin permiso.

La otra cara de la moneda es que la persona retratada tampoco puede hacer cualquier cosa con el retrato. Por supuesto, la persona retratada puede utilizar el retrato para fines privados. Si la persona retratada quiere hacer público el retrato, debe tener el permiso de su creador. Al fin y al cabo, el creador tiene los derechos de autor.

De conformidad con la Sección 21 de la Ley de Derechos de Autor Ley. En teoría, el autor tiene derecho a publicar libremente el retrato. Sin embargo, no se trata de un derecho absoluto. La persona afectada puede actuar contra la publicación, siempre y cuando tenga un interés razonable para hacerlo. El derecho a la privacidad se considera a menudo un interés razonable. Las personas conocidas, como deportistas y artistas, pueden tener, además del interés razonable, también intereses comerciales para impedir la publicación.

Además del interés comercial, la celebridad puede tener otros intereses. Al fin y al cabo, existe la posibilidad de que su reputación sufra daños a causa de la publicación. Como el concepto de “interés razonable” es subjetivo y las partes suelen ser reacias a ponerse de acuerdo sobre el interés, se puede observar que se llevan a cabo muchos procedimientos en relación con este concepto. Corresponde entonces al tribunal determinar si el interés de la persona retratada prevalece sobre el interés del autor y de la publicación.

Los siguientes motivos son importantes para el retrato correcto:

  • interés razonable
  • interés comercial

Si nos fijamos en el ejemplo de Robin van Persie, es evidente que tiene un interés razonable y comercial dada su gran fama. La justicia ha determinado que el interés económico y comercial de un deportista de élite puede considerarse un interés razonable en el sentido del artículo 21 de la Ley de Derechos de Autor. De conformidad con este artículo, no se permite la publicación y reproducción de un retrato sin el consentimiento de la persona retratada, si el interés razonable de dicha persona se opone a su divulgación.

El deportista de élite puede cobrar una tasa por el permiso para utilizar su retrato con fines comerciales. De esta forma también puede sacar provecho de su popularidad, por ejemplo mediante un contrato de patrocinio. Pero ¿qué ocurre con el fútbol amateur si no eres tan conocido? En determinadas circunstancias, el derecho de retrato también se aplica a los deportistas de élite amateurs.

En la sentencia Vanderlyde/editorial Spaarnestad, un deportista aficionado se opuso a la publicación de su retrato en una revista semanal. El retrato se había realizado sin su encargo y no había dado permiso ni recibido compensación económica por la publicación. El tribunal consideró que un deportista aficionado también tiene derecho a beneficiarse de su popularidad si esta resulta tener valor de mercado.

Violación

Si parece que se violan sus intereses, puede exigir una prohibición de publicación, pero también es posible que su imagen ya se haya utilizado. En ese caso, puede reclamar una indemnización. Esta compensación generalmente no es muy alta, pero depende de varios factores. Hay cuatro opciones para tomar medidas contra una violación de los derechos de retrato:

  • Carta de citación con declaración de abstinencia
  • Citación para procedimientos civiles
  • Prohibición de publicación.
  • Compensación

Multas

En el momento en que se hace evidente que se está violando el derecho de autor de una persona, suele ser importante conseguir lo antes posible en los tribunales la prohibición de seguir publicando. Según la situación, también es posible conseguir que las publicaciones sean retiradas del mercado comercial. Esto se denomina retirada del mercado. Este procedimiento suele ir acompañado de una reclamación por daños y perjuicios.

Al fin y al cabo, si se infringe el derecho de retrato, la persona retratada puede sufrir daños y perjuicios. La cuantía de la indemnización depende del daño sufrido, pero también del retrato y de la forma en que se retrata a la persona. Además, existe una multa en virtud del artículo 35 de la Ley de Derechos de Autor. Si se infringe el derecho de retrato, el infractor será culpable de una infracción y será multado.

Si se infringe su derecho, también puede reclamar daños y perjuicios. Puede hacerlo si su imagen ya ha sido publicada y cree que sus intereses han sido violados.

El monto de la compensación a menudo será determinado por el tribunal. Dos ejemplos bien conocidos son la "foto terrorista de Schiphol" en la que la policía militar seleccionó a un hombre con apariencia musulmana para un control de seguridad con un texto debajo de la imagen "¿Schiphol todavía está a salvo?" y la situación de un hombre que se dirigía al tren fue retocado con Photoshop caminando por el Barrio Rojo y terminó en el periódico bajo el título “Mirando a las putas”.

En ambos casos se consideró que la privacidad pesaba más que la libertad de expresión del fotógrafo. Esto significa que no puede simplemente publicar todas las fotos que toma en la calle. Por lo general, este tipo de tarifas oscilan entre los 1500 y los 2500 euros.

Si, además del interés razonable, también hay un interés comercial, la compensación puede ser mucho mayor. La compensación entonces depende de lo que resultó en tareas similares y, por lo tanto, puede ascender a decenas de miles de euros.

Contacto

Teniendo en cuenta las posibles sanciones, es aconsejable actuar con cuidado al publicar retratos e intentar todo lo posible para obtener el permiso de los interesados ​​de antemano. Después de todo, esto evita mucha discusión después.

Si desea saber más sobre el tema de los derechos de retrato o si puede usar ciertos retratos sin permiso, o si cree que alguien está violando su derecho de retrato, puede contactar a los abogados de Law & More.

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