Cómo manejar una cláusula de no competencia
La cláusula de no competencia, regulada en el art. 7:653 del Código Civil holandés, es una restricción de gran alcance a la libertad de elección de empleo del trabajador que el empleador puede incluir en un contrato de trabajo. Al fin y al cabo, permite al empleador prohibir al trabajador entrar a trabajar para otra empresa, sea o no del mismo sector, o incluso crear su propia empresa una vez finalizado el contrato de trabajo.
De esta forma, el empresario intenta proteger los intereses de la empresa y mantener los conocimientos y la experiencia dentro de la misma, de modo que no puedan ser utilizados en otro entorno laboral o como autónomo. Una cláusula de este tipo puede tener consecuencias de gran alcance para el trabajador. ¿Ha firmado un contrato de trabajo que contenga una cláusula de no competencia? En ese caso, esto no significa automáticamente que el empresario pueda obligarle a cumplir dicha cláusula. El legislador ha establecido una serie de puntos de partida y vías de salida para evitar posibles abusos y consecuencias injustas. En este blog analizamos lo que necesita saber sobre una cláusula de no competencia.
Condiciones
En primer lugar, es importante saber cuándo un empleador puede incluir una cláusula de no competencia y, por tanto, cuándo es válida. Una cláusula de no competencia solo es válida si se ha acordado escrito con una adulto empleado que ha celebrado un contrato de trabajo para un periodo indefinido (se reservan excepciones).
- El principio básico es que no puede incluirse ninguna cláusula de no competencia en los contratos de trabajo temporal. Solo en casos muy excepcionales en los que existen intereses comerciales imperiosos que el empleador motiva adecuadamente, se permite una cláusula de no competencia en los contratos de trabajo por un período de tiempo definido. Sin motivación, la cláusula de no competencia es nula y sin valor y si el empleado opina que la motivación no es suficiente, esta puede ser sometida a juicio. La motivación debe darse en el momento de la celebración del contrato de trabajo y no podrá darse posteriormente.
- Además, la cláusula de no competencia debe ser, según el art. 7:653 BW párrafo 1 sub b, por escrito (o por correo electrónico). La idea detrás de esto es que el empleado entienda entonces las consecuencias y la importancia y evalúe cuidadosamente la cláusula. Incluso si el documento firmado (por ejemplo un contrato de trabajo) hace referencia a un esquema de condiciones de trabajo adjunto del cual la cláusula es parte, el requisito se cumple, incluso si el empleado no ha firmado este esquema por separado. Una cláusula de no competencia incluida en el Convenio Colectivo Acuerdo Laboral o en los términos y condiciones generales no es legalmente válido a menos que se pueda presumir su conocimiento y aprobación en la forma antes mencionada.
- Si bien los jóvenes a partir de los dieciséis años pueden celebrar un contrato de trabajo, un empleado debe tener al menos dieciocho años para suscribir una cláusula de no competencia válida.
Contenido de la cláusula de competencia
Aunque cada cláusula de no competencia difiere según el sector, los intereses involucrados y el empleador, hay una serie de puntos que se incluyen en la mayoría de las cláusulas de no competencia.
- La duración. A menudo se indica en la cláusula cuántos años después de que las empresas de competencia laboral están prohibidas, esto a menudo se reduce a 1 o 2 años. Si se establece un límite de tiempo irrazonable, esto puede ser moderado por un juez.
- Qué está prohibido. Un empleador puede optar por impedir que un empleado trabaje para todos los competidores, pero también puede nombrar competidores específicos o indicar un radio o área donde el empleado no puede realizar un trabajo similar. A menudo también se explica cuál es la naturaleza del trabajo que no se puede realizar.
- Consecuencias de la infracción de la cláusula. La cláusula también suele incluir las consecuencias de la infracción de la cláusula de no competencia. Esto suele implicar una multa de una determinada cantidad. En muchos casos, también se establece una sanción: una cantidad que se debe pagar cada día que el trabajador incumpla la cláusula. ley.
Destrucción por el juez
Un juez tiene de conformidad con el art. 7: 653 del Código Civil holandés, párrafo 3, la posibilidad de anular una cláusula de no competencia en su totalidad o en parte si implica una desventaja irrazonable para el empleado que es desproporcionada para los intereses del empleador a proteger. La duración, el área, las condiciones y el monto de la multa pueden ser moderados por el juez. Esto implicará una ponderación de intereses por parte del juez, que variará según la situación.
Circunstancias relacionadas con la intereses del empleado que influyen son los factores del mercado laboral, como la disminución de las oportunidades en el mercado laboral, pero las circunstancias personales también pueden tenerse en cuenta.
Circunstancias relacionadas con la intereses del empleador En este último caso, la cuestión de si el flujo de negocios de la empresa se verá afectado es la capacidad y las cualidades especiales del trabajador y el valor intrínseco de la empresa. En la práctica, esto último se reduce a la cuestión de si se verá afectado el flujo de negocios de la empresa, y se señala enfáticamente que una cláusula de no competencia no tiene por objeto mantener a los trabajadores dentro de la empresa.
El mero hecho de que un empleado haya adquirido conocimientos y experiencia en el desempeño de su puesto no significa que el rendimiento empresarial del empleador se haya visto afectado cuando ese empleado se fue, ni cuando ese empleado se fue a un competidor. .' (Hof Arnhem-Leeuwarden 24-09-2019, ECLI:NL:GHARL:2019:7739) El flujo empresarial se ve afectado si el empleado conoce información comercial y técnicamente relevante esencial o procesos y estrategias de trabajo únicos y puede usar este conocimiento en beneficio de su nuevo empleador o, por ejemplo, cuando el empleado ha tenido un contacto tan bueno e intenso con los clientes que pueden cambiarse a él y, por lo tanto, al competidor.
La duración del contrato, que inició la rescisión, y el puesto del empleado con el empleador anterior también se tienen en cuenta cuando el tribunal considera la validez de una cláusula de no competencia.
Actos gravemente culpables
La cláusula de no competencia, de conformidad con el art. 7: 653 del Código Civil holandés, párrafo 4, no se mantiene si la rescisión del contrato de trabajo se debe a actos u omisiones gravemente culpables por parte del empleador; no es probable que este sea el caso. Por ejemplo, existen actos u omisiones culpables graves si el empleador es culpable de discriminación, no cumple con las obligaciones de reintegración en caso de enfermedad del empleado o prestó de manera culpable una atención insuficiente a las condiciones de trabajo seguras y saludables.
Criterio de Brabante / Van Uffelen
De la sentencia Brabant / Uffelen se desprende que si se produce un cambio importante en la relación laboral, se debe volver a firmar una cláusula de no competencia si, como resultado, la cláusula de no competencia se vuelve más gravosa. Se observan las siguientes condiciones al aplicar el criterio de Brabant / Van Uffelen:
- drástico;
- imprevisible
- cambio;
- como resultado de lo cual la cláusula de no competencia se ha vuelto más gravosa
El "cambio drástico" debe interpretarse de manera amplia y, por lo tanto, no tiene por qué afectar únicamente a un cambio de función. Sin embargo, en la práctica, el cuarto criterio a menudo no se cumple. Este fue el caso, por ejemplo, en el caso en el que la cláusula de no competencia establecía que el empleado no podía trabajar para un competidor (ECLI: NL: GHARN: 2012: BX0494). Dado que el empleado había pasado de mecánico a empleado de ventas durante el tiempo que estuvo trabajando para la empresa, la cláusula obstaculizó al empleado más por el cambio de trabajo que en el momento de la firma. Después de todo, las oportunidades en el mercado laboral eran ahora mucho mayores para el empleado que antes como mecánico.
Es importante señalar aquí que en muchos casos la cláusula de no competencia solo se anula parcialmente, es decir, en la medida en que se ha vuelto más gravosa como resultado del cambio de función.
Cláusula de relación
La cláusula de no solicitación es independiente de la cláusula de no competencia, pero es algo similar a ella. En el caso de la cláusula de no solicitación, al empleado no se le prohíbe ir a trabajar para un competidor después de su empleo, pero sí tener contacto con los clientes y las relaciones de la empresa. Esto evita, por ejemplo, que un empleado se escape con clientes con los que ha podido construir una cierta relación durante su empleo o que contacte con proveedores favorables al iniciar su propio negocio.
Las condiciones de un caso de competencia descritas anteriormente también se aplican a una cláusula de no solicitación. Por lo tanto, una cláusula de no solicitación solo es válida si se ha acordado escrito con una adulto empleado que ha celebrado un contrato de trabajo para un periodo indefinido de tiempo.
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