Los derechos de autor (auteursrecht) sobre una fotografía surgen automáticamente al tomarla, siempre que la foto tenga su propio carácter original y lleve el sello personal de su autor. El fotógrafo ostenta los derechos, salvo que la foto haya sido tomada por un empleado en el ejercicio de sus funciones o publicada como obra de una empresa conforme a la Ley de Derechos de Autor neerlandesa (Auteurswet).
No se requiere registro ni aviso de derechos de autor. Los derechos permanecen en poder del fotógrafo cuando otros publican, comparten o reproducen la fotografía.
¿Quién posee los derechos de autor?
El fotógrafo, por regla general. Dos excepciones en la práctica, en lo que respecta a los autores.
Según el artículo 7 de la Ley de Derechos de Autor (Auteurswet), cuando un empleado toma una fotografía como parte de su trabajo, el empleador se considera el autor, salvo que se haya acordado lo contrario. Según el artículo 8 de la misma ley, una empresa, asociación o fundación que publique una obra como propia sin nombrar a una persona física como autora se considera la autora, salvo que la publicación sea ilícita.
Un fotógrafo independiente no está amparado por el Artículo 7. Un cliente que encarga y paga por fotografías no adquiere los derechos de autor. El cliente obtiene lo estipulado en el contrato, y si este no especifica nada al respecto, generalmente se trata solo de un derecho de uso limitado.
¿Cómo se pueden transferir o licenciar los derechos de autor?
Según el artículo 2 de la Ley de Propiedad (Auteurswet), la transferencia requiere una escritura pública firmada por el titular de los derechos. Esta escritura solo abarca los derechos estipulados o que se derivan necesariamente de su naturaleza y finalidad, por lo que una cláusula general que transfiera “todos los derechos” se interpreta de forma restrictiva.
Según el artículo 2, la licencia exclusiva también debe constar por escrito. La mayoría de los acuerdos funcionan mejor como una licencia: un derecho de uso definido para un propósito, medio, territorio y período determinados. Un nuevo uso, como una campaña publicitaria, un medio diferente o la reventa, requiere entonces una nueva autorización.
¿Qué son los derechos morales?
Los derechos morales (persoonlijkheidsrechten) permanecen con el fotógrafo, incluso después de la transferencia de la obra, según el artículo 25 de la Ley de Autor (Auteurswet). Estos incluyen el derecho a ser reconocido como el autor y el derecho a oponerse a cualquier distorsión o mutilación que perjudique su honor o reputación.
Recortar una foto, superponerle texto o cambiar sus colores puede implicar la aplicación de estos derechos, incluso si el usuario posee una licencia válida en virtud del artículo 2 para el uso comercial.
¿También necesitas el consentimiento de las personas que aparecen en la foto?
A menudo, sí. Una persona en una fotografía tiene derechos de retrato (portretrecht) según los artículos 19 a 21 de la Ley de Autor (Auteurswet), independientes de los derechos de autor del fotógrafo.
Si la persona retratada encargó el retrato, su publicación requiere su consentimiento. Si no lo hizo, aún puede oponerse a la publicación amparándose en el artículo 21 de la Ley de Autor si tiene un interés legítimo (redelijk belang), como la privacidad, el daño a su reputación o, en el caso de personas famosas, un interés comercial en su imagen.
Así, un fotógrafo puede poseer los derechos de autor y aun así no tener libertad para publicar, y una empresa con licencia puede necesitar el consentimiento de las personas que aparecen en la imagen. Ambas cuestiones, según la Ley de Autor, deben resolverse antes de que una imagen se utilice en publicidad.
¿Qué se puede hacer ante un uso no autorizado?
Puedes exigir que cese su uso, reclamar daños y perjuicios y solicitar la eliminación de la imagen. La indemnización suele calcularse en función de la tarifa de licencia que se habría pagado, a menudo con un recargo por la falta de mención del autor; las listas de precios son una muestra de lo habitual, no una escala vinculante.
Primero, obtenga pruebas con capturas de pantalla fechadas. Luego, identifique quién publica la imagen (la plataforma, el anunciante o la agencia), ya que reclamar a la parte equivocada no sirve de nada. Si no se llega a un acuerdo, la demanda se presentará ante el tribunal civil.
¿Qué debes comprobar como fotógrafo?
- ¿Tomaste la foto como empleado (Artículo 7 Auteurswet) o como autónomo?
- ¿Su contrato con el cliente otorga una licencia o una transferencia, y dicha transferencia se formaliza mediante escritura pública firmada?
- ¿Define la licencia el propósito, el medio, el territorio y el período?
- ¿Cuenta usted con el consentimiento de las personas que aparecen en las imágenes para la publicación prevista?
- ¿Ha guardado pruebas fechadas de cualquier uso no autorizado?
¿Qué aspectos debería comprobar su empresa al utilizar fotografías?
- ¿Quién es el fabricante y dispone de una licencia por escrito o un acta de transferencia firmada?
- ¿La licencia cubre su uso real, incluyendo publicidad y redes sociales?
- ¿Debes mencionar el nombre del fotógrafo cuando la licencia o el artículo 25 así lo exigen?
- ¿Cuenta con el consentimiento de las personas que aparecen en las imágenes, especialmente en el caso de los retratos por encargo?
- ¿Piensas recortar o editar la foto de alguna manera que pueda generar objeciones al fotógrafo?
¿Qué podemos hacer por usted con los derechos de autor de sus fotografías?
Como parte de nuestra práctica legal en el ámbito de las tecnologías de la información , representamos a fotógrafos y a empresas que utilizan imágenes .
- Redactamos y revisamos contratos de licencia y escrituras de transferencia.
- Verificamos si el uso que usted pretende darle requiere consentimiento según las normas sobre derechos de imagen.
- Calculamos una tarifa de licencia razonable y una indemnización por daños y perjuicios en caso de uso no autorizado.
- Enviamos una carta de cese y desistimiento a la parte que publicó la imagen.
- Respondemos a las reclamaciones por infracción de derechos de autor presentadas contra su empresa.
Resumen
- Los derechos de autor de una fotografía surgen automáticamente con el fotógrafo, excepto en el caso de obras de empleados (Artículo 7 de la Ley de Autores) y obras publicadas por una persona jurídica (Artículo 8 de la Ley de Autores).
- El pago por las fotografías no transfiere los derechos de autor; solo lo hace un documento firmado (Artículo 2 del Código de Autores), por lo que una licencia suele ser la mejor opción.
- Los derechos morales, como el derecho a ser nombrado, pertenecen al fotógrafo (Artículo 25 de la Ley de Autor).
- Las personas que aparecen en una fotografía tienen sus propios derechos de autor (artículos 19 a 21 de la Ley de Autor).
- El uso no autorizado puede ser interrumpido y compensado; envíe la reclamación a la parte que realmente publicó la imagen.
Preguntas frecuentes
¿Soy el propietario de los derechos de autor si le pagué a un fotógrafo?
No. El pago no transfiere los derechos de autor. Usted solo adquiere los derechos estipulados en el contrato; la transferencia requiere un documento firmado por el fotógrafo conforme al Artículo 2 de la Ley de Autores (Auteurswet).
¿Puedo usar una foto que encontré en internet si doy crédito al fotógrafo?
No. Un reconocimiento no sustituye la autorización. Sin una licencia del titular de los derechos, la publicación infringe los derechos de autor, incluso con la mención del autor.
¿Puede alguien que aparece en una foto impedir que la publique?
A veces. Para un retrato por encargo se necesita su consentimiento. De lo contrario, pueden oponerse amparándose en el artículo 21 de la Ley de Autores si tienen un interés legítimo, como la privacidad o el daño a su reputación.